miércoles, 20 de enero de 2010

Los derechos de autor al bajar musica




Estimados amigos:

A través del siempre útil twitter, llego a este excelente post de Rafael López en el blog "Ricardo Lionheart" que quiero compartir con ustedes a raíz de los derechos de autor de la música que ocupamos y bajamos de Internet.

El post se inicia con las siguientes frases...

Mi amigo José, que es carpintero, me pregunta por qué no puede él cobrar un royalty por cada vez que una persona, distinta del comprador, pone su culo en una de las sillas que él fabrica.

Le digo que una vez que el ha vendido la silla, y por tanto ha cobrado por su trabajo, esta pasa a ser propiedad privada de otra persona, con lo que puede hacer con ella lo que le plazca: sentarse, ponerla de adorno, regalarla o quemarla si le place.

Mi amigo, que no se deja convencer fácilmente, me dice que si un grupo de música puede cobrar no solo por la venta de un disco, sino también por cada vez que este se reproduzca públicamente, porque no puede él hacer lo mismo con sus sillas; vamos, con las que vende a empresas, bares, ayuntamientos, etc.


Un interesantísimo tema que toca algo que ya hemos tratado en este blog muchas veces, y son los derechos de autor y la penalización por bajar música de Internet.


El post completo lo pueden encontrar pinchando en este enlace


¿Debemos penalizar el bajar música por Internet o esta debe ser libre?

¿Que opinan ustedes?

Un abrazo

El equipo de Creaturadio.NET

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